Requisitos Básicos de un local (Licencias de Apertura)
De forma breve vamos a detallar algunos de los requisitos básicos que debemos tener presente a la hora de escoger un local en el cual queremos llevar a cabo una actividad.
El primer error que se suele cometer es contactar con el técnico cuando las obras ya han sido realizadas en el local. El problema surge, y por desconocimiento, cuando las adecuaciones técnicas han sido realizadas sin tener presente los requisitos legales.
Lo primero será consultar con el ayuntamiento, si la actividad que se presente realizar en el local en concreto está permitida en la zona, y de esta forma iniciar y finalizar el proceso de tramitación de licencia de apertura con éxito.
Los locales deberán ser accesible a las personas con movilidad reducida. Por ello, si el acceso al local no se encuentra rasante al acerado exterior, será necesario una rampa con una longitud, anchura y pendiente conforme a la normativa en vigor.
¿Cuándo deberá disponer el local de aseos? Cuando estemos hablando de un local público (bar, restaurante, salones recreativos, etc.), o de uso comercial, será necesario disponer de aseos públicos. En estos casos deberán existir como mínimo dos aseos (hombre y mujeres), y al menos uno de ellos deberá ser accesible para personas con movilidad reducida, debiendo cumplir una serie de dimensiones y requisitos conforma a la normativa en vigor.
La señalización de emergencia es obligatoria. Estas señales indica a los usuarios donde se encuentran los extintores, donde están las salidas de emergencia, cuales son los recorridos de evacuación, etc. No vale cualquier tipo de señalización, deberá ser fotoluminiscente con objeto que sea visible en caso de corte eléctrico. Los pictogramas serán conforme a una normativa UNE.
Los extintores son también elementos obligatorios y deberán estar ubicados de forma que la distancia máxima desde cualquier punto nunca sea superior a 15 metros. Dependiente del tipo de actividad a desarrollar en el local, la eficacia de los extintores podrá variar, siendo los más habituales, extintores de 6 Kg de polvo con una eficacia mínima 21A-113B.
Estos y otros requisitos son los que el técnico responsable del proyecto deberá definir con objeto de que este reúna todas las condiciones para que el ayuntamiento emita la correspondiente licencia de apertura.
Si necesita asesoramiento, no duda en contactar con nosotros, le ayudaremos a resolver todas sus dudas.